La ley y las bicicletas eléctricas

¿Qué dice la ley sobre las bicicletas eléctricas?

El uso de bicicletas eléctricas en las ciudades ya no es una moda, un boom, ni algo anecdótico. A día de hoy es la primera solución para circular por ellas de una manera rápida, fácil y sostenible. 

Este hábito extendido hace que la legislación también se centre en este medio de transporte y modifique o amplíe leyes con respecto a ello. A continuación vamos a desgranar la normativa que la DGT (Dirección General de Tráfico) impone a las bicicletas eléctricas.

Características y requisitos

Empecemos por conocer cuáles son las características que reúne una bicicleta eléctrica. Son obvias, pero las principales son tener dos ruedas y motor. La tercera tiene que ver con el límite de velocidad, que se sitúa en los 25km/h.

Vamos ahora con los requisitos a la hora de circular con tu bicicleta eléctrica. Para recorrer la ciudad con tu bici no estás obligado a tener el permiso de conducir, ni seguro, ni la bici homologada o con matrícula.

Otras demandas más específicas tienen que ver con el motor. Este debe estar limitado a 250W y debe activarse con el pedaleo. La ley también obliga a disponer de timbre, frenos, luces (blanca en el frontal y roja en la parte trasera) y catadióptricos (reflectores de luz en los laterales y parte trasera de la bici).

¿Por dónde ir?

Pregunta importante, ya que no solo afecta al usuario de la bicicleta sino también a los de otros vehículos y, más importante, a los peatones. Las bicicletas eléctricas deben circular únicamente por carril bici (respetando la velocidad señalizada), por la calzada (carril derecho para no influir en la circulación de otros vehículos) o por vía interurbana (usando carril bici si hay o el arcén del lado derecho). 

Acciones sancionables

Vamos ahora a conocer los principales motivos por los que podrías recibir una sanción a bordo de tu bicicleta eléctrica. La ley es muy clara y prohíbe tajantemente realizar estas acciones.

  • Circular por la acera o en zonas peatonales
  • Usar el móvil
  • No llevar casco al circular por vías interurbanas
  • Circular de noche sin luces 
  • No usar ropa reflectante en vías interurbanas
  • Escuchar música con auriculares
  • Consumir alcohol o drogas

Todas estas infracciones suponen multas de alrededor de 200€ a excepción de la última, que podría conllevar el pago de 1.000€ de sanción.

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